Los establecimientos de ortopedia facturan el importe conforme a lo establecido en el catálogo de productos ortoprotésicos externos de la Agencia Valenciana de Salud.
Con el nuevo procedimiento que entró en vigor en noviembre, la financiación de la Conselleria por esta prestación no varía, pero si la forma de hacerlo.
Se producirá una financiación mixta, y prevista en el Decreto 76/10 que regula esta prestación, de tal forma que, una parte de ella se sigue realizando mediante pago directo a las ortopedias, manteniendo así el procedimiento pionero en esta Comunidad.
El resto de la prestación (un porcentaje de la misma), salvo la aportación obligatoria, será adelantado por los pacientes que podrán solicitar el reembolso del importe abonado a través de las Direcciones Territoriales de Sanidad.
En España, salvo otras tres comunidades, los pacientes deben soportar el 100% del importe de la prestación y posteriormente solicitar su reembolso al Servicio deSalud.