5 de enero de 2015

Desde hace unos días se ha creado una polémica en torno a la subida del IVA para algunos productos sanitarios.

el IVA sí que sube pero para productos sanitarios no relacionados con el trato medicinal al paciente. En definitiva: no sube el IVA de los medicamentos, que seguirá estando en el 4%. Cabe destacar también que esta obligación viene impuesta por la Unión Europea y el Gobierno se limita a cumplirla. En concreto, los productos afectados son los siguientes:
  • las sustancias medicinales susceptibles de ser utilizadas habitual e idóneamente en la obtención de medicamentos;
  • los productos sanitarios, el material, los equipos o el instrumental que, objetivamente considerados, solamente pueden utilizarse para prevenir, diagnosticar, tratar, aliviar o curar enfermedades o dolencias del hombre o de los animales, pero que no son utilizados normalmente para aliviar o tratar deficiencias, para uso personal y exclusivo de minusválidos;
  • los aparatos y complementos susceptibles de destinarse esencial o principalmente a suplir las deficiencias físicas de los animales;
  • los aparatos y complementos esencial o principalmente utilizados para suplir las deficiencias del hombre pero que no se destinan al uso personal y exclusivo de los discapacitados.
¿Qué significa esto? Que ni los medicamentos tendrán más del 4% de IVA ni otros productos sanitarios de tratamiento directo para el paciente, como las lentillas, gafas graduadas, sillas de ruedas, prótesis o muletas. En cambio, sí sube el IVA de productos como las sábanas de un hospital, como explica el secretario de Estado de Hacienda, además del IVA de materiales para fabricar medicamentos y equipos, instrumental sanitario, escáneres, TAC, mobiliario y otro equipamiento.